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REAL ID Act of 2005
Disposiciones de la Ley de Real Id:

Después del 1 de octubre de 2021 las agencias federales no aceptarán una licencia de conducir o tarjeta de identificación para propósitos oficiales de cualquier individuo, esto significa que usted no podrá:


1. Abordar en una aerolínea comercial para viajar desde Puerto Rico a los Estados Unidos o territorios, a menos que tenga un Pasaporte valido de los Estados Unidos de América.

2. Ingresar a una instalación del Gobierno Federal o Base Militar de los Estados Unidos de América.

3. La información de su licencia de conducir o tarjeta de identificación será protegida y parte de la base de datos nacional.

Cualifican para una Licencia de Conducir o Tarjeta de Identificación Real Id las personas nacidas en Puerto Rico o que tienen un Pasaporte de los Estados Unidos de América vigente o Tarjeta de Residente Permanente, vigente. En estos momentos NO podemos validar para propósitos de Real Id los Certificados de Nacimiento de los Estados o territorios, ni de países extranjeros.



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Preguntas Frecuentes